La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló invalidar el requisito de contar con un “modo honesto de vivir” para acceder a un cargo público específico en Baja California Sur, al considerar que la expresión es ambigua y permite valoraciones subjetivas.
¿Por qué quieren quitar el requisito de “modo honesto de vivir”?
El Pleno de la SCJN avaló el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa que planteó eliminar esta condición prevista en la legislación de Baja California Sur.
El asunto corresponde a la acción de inconstitucionalidad 124/2025, promovida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California Sur.
La controversia se centró en el artículo 99 de la legislación aplicable al área encargada de la atención de personas indígenas y afromexicanas en la entidad.
Entre las condiciones establecidas para encabezar dicha área aparecía tener un “modo honesto de vivir”.
El proyecto consideró que esa expresión resulta ambigua y abre la puerta a apreciaciones subjetivas sobre quién cumple o no con las condiciones para desempeñar un cargo público.
¿Qué significa que eliminen el “modo honesto de vivir”?
La resolución no significa que se eliminen obligaciones legales, responsabilidades administrativas o requisitos de integridad para todos los servidores públicos del país.
El caso analizado se refiere específicamente a una disposición de Baja California Sur y al cargo contemplado en la norma impugnada.
Lo que la Corte cuestionó es utilizar una expresión como “modo honesto de vivir” como requisito de acceso, debido a que no establece parámetros objetivos para determinar cuándo una persona cumple con esa condición.
La discusión tiene relación con derechos constitucionales como la igualdad y no discriminación, el acceso a cargos públicos y la participación de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
SCJN también revisó requisito de título universitario
El “modo honesto de vivir” no fue el único requisito impugnado.
La Comisión Estatal de los Derechos Humanos también cuestionó la exigencia de contar con un título expedido por una institución de educación superior con al menos cinco años de antigüedad respecto de la fecha de designación.
La propuesta consideró que esta condición podía excluir a personas que, aunque no cumplieran con ese requisito académico, tuvieran experiencia comunitaria, conocimiento del contexto y trayectoria relacionada con los derechos de sus pueblos.
¿Quién pidió eliminar estos requisitos?
La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California Sur.
Documentos oficiales de la SCJN confirman que el expediente 124/2025 fue turnado a la ministra Yasmín Esquivel Mossa desde diciembre de 2025.
El objetivo del procedimiento fue determinar si las condiciones establecidas por la legislación estatal eran compatibles con los derechos reconocidos por la Constitución.
¿Se elimina este requisito para todos los cargos públicos de México?
No. La resolución analizada no implica una eliminación automática de la frase “modo honesto de vivir” de todas las leyes ni de todos los cargos públicos en México.
El fallo corresponde a una disposición concreta de Baja California Sur.
Sin embargo, el criterio resulta relevante porque la Corte cuestiona que expresiones abiertas y subjetivas puedan utilizarse para determinar quién tiene derecho a ocupar determinadas responsabilidades públicas.
La resolución busca que los requisitos exigidos para acceder a un cargo tengan una relación objetiva con las funciones que deberá desempeñar la persona, evitando condiciones que puedan convertirse en barreras injustificadas.

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