El Congreso del Estado de México declaró constitucional la reforma electoral local que incorpora nuevas reglas en materia de austeridad, remuneraciones públicas, integración de ayuntamientos y procesos electorales. Además, la modificación prohíbe el nepotismo y la reelección consecutiva para distintos cargos de elección popular.
La declaratoria fue emitida por la Diputación Permanente, presidida por la diputada Martha Azucena Camacho Reynoso, luego de que la mayoría de los ayuntamientos mexiquenses aprobaran la minuta de reforma constitucional.
Reforma adelanta proceso electoral en Edomex
Entre los principales cambios destaca que el proceso electoral en el Estado de México iniciará en septiembre y ya no en enero. Asimismo, el Congreso estatal deberá emitir la convocatoria para elecciones ordinarias a más tardar el 15 de septiembre del año previo a la jornada electoral.
La reforma también establece límites al presupuesto del Poder Legislativo mexiquense. El gasto anual del Congreso no podrá superar el 0.70 por ciento del Presupuesto de Egresos estatal correspondiente al ejercicio fiscal en turno.
Nuevas reglas para ayuntamientos y diputaciones
El decreto redefine la integración de los ayuntamientos. Cada municipio contará con una presidencia municipal, una sindicatura y hasta 15 regidurías, dependiendo del tamaño de su población.
Además, las autoridades deberán respetar criterios de paridad de género vertical y horizontal, así como principios de igualdad sustantiva y perspectiva de género.
En el caso de las diputaciones locales, la reforma impide la reelección consecutiva inmediata. Sin embargo, las personas suplentes podrán contender como propietarias en la elección posterior, siempre que no hayan ejercido el cargo.
Por otra parte, quienes hayan ocupado una diputación como propietarios no podrán postularse inmediatamente como suplentes.
Edomex prohíbe nepotismo electoral
La reforma incluye restricciones contra el nepotismo electoral. Ninguna persona podrá competir por una diputación, gubernatura o cargo municipal si mantiene o mantuvo, durante los tres años previos a la elección, vínculos familiares o de pareja con quien ejerza actualmente el cargo.
La restricción aplica para relaciones por matrimonio, concubinato, unión de hecho y parentescos consanguíneos o de afinidad establecidos en la Constitución local.
Las disposiciones sobre nepotismo y reelección consecutiva entrarán en vigor a partir del proceso electoral de 2030.
Reforma fija límites salariales en organismos electorales
El nuevo marco constitucional también establece que ninguna persona servidora pública podrá recibir una remuneración superior a la asignada a la titular del Poder Ejecutivo estatal.
La medida aplicará para consejerías y magistraturas electorales, así como para personal directivo del Instituto Electoral del Estado de México y del Tribunal Electoral estatal.

Además, se prohíbe contratar con recursos públicos seguros médicos privados, seguros de vida especiales, fondos de retiro extraordinarios y otras prestaciones no previstas en la ley.
Legisladores impulsaron iniciativa conjunta
El dictamen integró propuestas impulsadas por legisladores de morena, PVEM y PT, entre ellos José Francisco Vázquez Rodríguez, José Alberto Couttolenc Buentello y Oscar González Yáñez.
Asimismo, participaron iniciativas de la diputada María José Pérez Domínguez, del legislador Octavio Martínez Vargas y de la bancada del PVEM.
La minuta fue leída ante la Diputación Permanente por el diputado Román Francisco Cortés Lugo.
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