El Congreso del Estado de México aprobó la eliminación de la prisión vitalicia del Código Penal estatal y estableció una pena máxima de hasta 70 años de cárcel. La reforma fue impulsada por la diputada Sofía Martínez Molina, del Partido del Trabajo, y por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez.
La medida responde a criterios constitucionales establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que considera esta sanción incompatible con el principio de reinserción social. Además, busca armonizar la legislación estatal con estándares de derechos humanos.
Prisión vitalicia, considerada inconstitucional
El dictamen aprobado señala que la prisión vitalicia implica la privación permanente de la libertad sin posibilidad de revisión o reducción de la pena. Por lo tanto, elimina cualquier expectativa de reintegración social y convierte la sanción en una medida exclusivamente punitiva.
Asimismo, el documento destaca que esta figura contradice el artículo 18 constitucional, el cual establece que el sistema penitenciario debe orientarse a la rehabilitación de las personas sentenciadas. En consecuencia, mantener esta pena resultaba incompatible con el marco jurídico vigente.
Reforma fortalece sistema penal: Congreso
Durante la discusión en el pleno, la diputada Sofía Martínez Molina afirmó que la reforma no debilita la respuesta del Estado ante delitos graves. Por el contrario, aseguró que fortalece un sistema penal más justo y alineado con la dignidad humana.

Además, subrayó que la modificación atiende no solo un criterio judicial, sino también un mandato constitucional. Mientras tanto, legisladores coincidieron en que la proporcionalidad de las penas es un elemento clave para garantizar justicia.
Revisarán sentencias previas
La reforma establece que las personas sentenciadas previamente a prisión vitalicia podrán acceder a una revisión de su condena. Para ello, la autoridad jurisdiccional deberá ajustar la pena conforme al grado de culpabilidad y a los parámetros establecidos en el delito correspondiente.
Posteriormente, este proceso permitirá adecuar las sanciones a un máximo de 70 años de prisión. En consecuencia, el impacto de la reforma no solo será hacia el futuro, sino también en casos ya juzgados.
Delitos que contemplaban prisión vitalicia
Antes de esta modificación, la prisión vitalicia se aplicaba en delitos graves como homicidio calificado, feminicidio, violación agravada y robo con resultado de muerte. También procedía en casos donde existía crueldad, odio o participación de múltiples personas.
Sin embargo, el Congreso mexiquense consideró incongruente mantener esta sanción tras el fallo de la Suprema Corte. Por ello, decidió eliminarla en su totalidad del Código Penal estatal.
Antecedente clave: fallo de la Suprema Corte
El 28 de enero de 2025, la Suprema Corte resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 78/2019, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En dicha resolución, invalidó parcialmente la prisión vitalicia al considerarla contraria a los principios constitucionales.
Asimismo, la Corte determinó que el sistema penal debe garantizar mecanismos que permitan evaluar el progreso de las personas privadas de la libertad. Por lo tanto, la eliminación de esta figura busca cumplir con ese criterio.
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