Hasta 55 años de cárcel por crímenes de odio: iniciativa en el Congreso mexiquense

Descubre cómo la iniciativa de Luisa Esmeralda busca establecer cárcel por crímenes de odio en el Estado de México.
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En el Congreso del Estado de México, le diputade Luisa Esmeralda Navarro Hernández (Morena) presentó una iniciativa para tipificar de manera específica los crímenes de odio motivados por orientación sexual, identidad o expresión de género. La propuesta contempla penas de hasta 55 años de prisión para quienes cometan este tipo de delitos.

Detalles de la propuesta

La iniciativa plantea la adición de un capítulo al Código Penal estatal. Establece sanciones de 22 a 50 años de cárcel por privar de la vida a una persona debido a su orientación sexual, identidad o expresión de género.

Además, si existiera una relación de matrimonio, concubinato, parentesco, laboral, docente o de subordinación entre víctima y agresor, la pena podría alcanzar hasta 55 años.

Actualmente, la legislación considera el homicidio por odio hacia la orientación sexual o identidad de género como agravante, con sanciones de 40 a 60 años o incluso prisión vitalicia. Sin embargo, la propuesta busca que el delito se reconozca de forma explícita bajo la figura de “crimen de odio”.

Protección a poblaciones LGBTTTIQNB+

Navarro Hernández destacó que las actitudes homofóbicas y discriminatorias siguen siendo un caldo de cultivo para la violencia. Por ello, la reforma pretende garantizar la protección de las poblaciones LGBTTTIQNB+.

Los crímenes de odio se considerarían en casos donde existan signos de violencia sexual, lesiones degradantes o mutilaciones, exposición del cuerpo en lugares públicos, o cuando la víctima haya estado en estado de indefensión o incomunicación. También se tomarán en cuenta expresiones de repudio, rechazo o discriminación motivadas por la orientación sexual, identidad o expresión de género de la víctima.

Inclusión en casos de feminicidio

La propuesta incluye también una modificación en la definición de feminicidio. Se busca que el término “mujer” contemple a personas que hayan cambiado legalmente su identidad de género y cuenten con un acta de nacimiento que las reconozca como mujeres, en concordancia con el Código Civil estatal.

De aprobarse, esta reforma colocaría al Estado de México como referente nacional en la protección legal de las personas de la diversidad sexual, al establecer un marco jurídico específico para sancionar los crímenes de odio y reforzar la inclusión de identidades de género en la tipificación de feminicidio.

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Sobre el Autor Sofia Saavedra