El Instituto Nacional Electoral ordeno a López Obrador eliminar la conferencia de la inauguración del AIFA por violar la veda electoral. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó este miércoles al presidente de México; eliminar las publicaciones de la conferencia mañanera en la que inauguró el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA); por considerarlas propaganda gubernamental en periodo de veda electoral por la revocación de mandato.
Ademas la Comisión consideró que el decreto que reinterpreta el concepto de propaganda gubernamental; permitiendo a los funcionarios promover la consulta de revocación de mandato aprobado en el Senado el pasado 17 de marzo; no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron.
Por tal motivo el INE ordenó “al Presidente de la República; así como al Coordinador General de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República que; de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones; trámites y gestiones necesarias para eliminar; los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas de la conferencia matutina efectuada el pasado 21 de marzo del año en curso”
Ademas de AMLO el INE ordena medidas cautelares a MORENA
Los consejeros de esta Comisión del INE resolvieron así las solicitudes de medidas cautelares promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) contra la conferencia del 21 de marzo del presidente López Obrador; el partido Morena y su presidente nacional, Mario Delgado.
También la Comisión de Quejas y Denuncias ordenó medidas cautelares en contra de Morena y Mario Delgado por las publicaciones realizadas en sus redes sociales el día 18 de marzo, al determinar que con éstas se buscó influir en los ciudadanos para la participación de la Revocación de Mandato.
“Se concedió la medida cautelar siguiendo el criterio de la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) en la acción de inconstitucionalidad 151/2021, en la que determinó que la participación de los partidos políticos no tiene cabida en este mecanismo de democracia directa, dado que es un ejercicio en el que la propia ciudadanía advierte la necesidad de proponer que sea revocado el mandato del Presidente de la República que le fue conferido”, detalló el INE.
Por otro lado, también declaró improcedente de las medidas cautelares solicitadas en contra de la Asociación Civil “Que Siga la Democracia” señalando que la información recabada de sitios de internet y notas periodísticas para después ser publicadas en su portal no afecta las reglas del proceso de la Revocación de Mandato“.