Entró en vigor la nueva ley del 'home office' en México

Entró en vigor la nueva ley del 'home office' en México Entró en vigor la nueva ley del 'home office' en México Entró en vigor la nueva ley del 'home office' en México

Este martes 12 de enero, entró en vigor una reforma a la Ley Federal del Trabajo en México que regula las condiciones del teletrabajo o ‘home office’.

  • La ley aplicará para quienes trabajen por lo menos un 40% desde casa, y requiere que sea acordada por ambas partes. Empleados tendrán derecho a la desconexión y el pago proporcional de luz, pero también adquieren nuevas responsabilidades.

Mañana entrarán en vigor las reformas a la Ley Federal de Trabajo, publicadas hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que regulan el teletrabajo y que redefinen el también llamado home office.

Las reformas fueron aprobadas el pasado 8 de diciembre y define al teletrabajo como una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo de la persona que labore bajo esta modalidad.

Los patrones tendrán como obligaciones especiales como proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros.

También están obligados a pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas; asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica; las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar.

La reforma establece las obligaciones especiales para los patrones, a fin de aportar los medios, recursos y herramientas que sean necesarias para cumplir con el trabajo, las cuales incluyen, entre otros, asumir gastos que se deriven de la jornada laboral respecto al derecho de la desconexión, mecanismo de capacitación y asesoría para el uso adecuado de las tecnologías de la información y la comunicación.

Las obligaciones especiales para las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, dentro de las cuales se encuentra el cuidado, guarda y conservación de los insumos que se le proporcione para realizar sus labores, respetar las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y la protección de datos utilizadas en el desempeño de sus actividades.

Además plantea la garantía de cambio de modalidad presencial al teletrabajo, a fin de asegurar los derechos de las personas trabajadoras; promueve el equilibrio de las relaciones laborales de conformidad con la ley; observa la conciliación de la vida personal y la jornada laboral en una perspectiva de género; garantiza el derecho a la intimidad, respetando los datos personales y acotando las circunstancias bajo las cuales se podrán utilizar cámaras de vídeo y micrófonos.

Redacción 24 Horas

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Sobre el Autor Gerardo Castañeda

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Martes 23 de Abril del 2024 12:10 pm